¿Que puedes hacer si la empresa no te paga el salario?

4/11/10

El Estatuto de los Trabajadores establece que todo trabajador tiene derecho a la percepción puntual de su salario, si no sucede de este modo el trabajador puede reclamar el pago deuda ante el Juzgado de lo Social, aunque previamente es obligatorio realizar un acto de cociliación ante el SMAC (Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación).

El plazo para reclamar es de 12 meses.

Si la causa del impago es debida a  una situación de insolvencia, suspensión de pagos, quiebra o concurso de acreedores del empresario, las deudas salariales reconocidas en el acta de conciliación o mediante resolución judicial, pueden reclamarse al FOGASA (Fondo de Garantía Salarial), aunque en este caso la cantidad máxima, es la que resulta de multiplicar el triple del salario mínimo interprofesional diario, con prorrateo de pagas extras, por el número de días pendientes de pago, con un máximo de ciento cincuenta días. 


Actividad

1. Investiga en la página del FOGASA cual es el importe máximo  que este organismo pagará en cada una de las siguiente situaciones en el presente año:

  • Máximo importe en € por deudas salariales
  • Máximo importe en € por indemnizaciones 
2. Averigua donde se encuentra situado el SMAC en Madrid

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